La comisión celebró verbenas, play-backs y cumpleaños «sin horario razonable y con conocimiento de las molestias»
Las relaciones entre vecinos y falleros, en ocasiones, son algo tormentosas. No son pocas las veces en las que la convivencia desemboca en los tribunales. En la inmensa mayoría de los casos se trata de molestias causadas por ruido. La sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia confirma una vez más este problema. La falla Conserva pagará 2.000 euros por los daños morales causados a unos vecinos del inmueble. El tribunal confirma de esta manera la decisión del juzgado de primera instancia, que también falló a favor de los perjudicados.
La comisión se encuentra en la calle Berenguer Mallol donde tenían alquilado en el momento de los hechos un bajo del citado inmueble. Desde enero de 2009 hasta mayo del 2010, la falla causó molestias acústicas a los demandantes. Los vecinos reclamaban, además de la indemnización, que insonorizaran las instalaciones. Ahora esto último ya no será necesario.
La falla, en cambio, negaba que hubiera causado ninguna molestia y que, en todo caso, estas no estaban acreditadas. Es más, sostenía que todo era una venganza de los residentes, quienes tiempo atrás habían pertenecido a la junta directiva de la comisión. Alegó que les movía «el resentimiento y el rencor».
La Audiencia analizó por separada cada una de las cuestiones que proponía la falla. Respecto a las molestias, el tribunal considera probado que en el bajo se realizaron actividades que produjeron «molestias». Y no solo por las declaraciones de los afectados sino por la comunidad de propietarios, la Policía Local y el Ayuntamiento, se acredita que se celebraron verbenas, concursos de paellas, play-backs y cumpleaños «sin sujeción a un horario razonable y con pleno conocimiento de las molestias».
De igual forma consta la intervención de la Policía Local y las mediciones acústicas de un laboratorio. Respecto a los datos -tomados el día de la presentación de la fallera mayor- se encuentran muy por encima de los niveles autorizados por el Ayuntamiento.
La Audiencia también considera la indemnización «razonable». De hecho, en los escritos que acompañaban la denuncia se demuestra que los vecinos estuvieron sujetos a «una situación de tensión provocada por los ruidos que provocó limitaciones en las horas de descanso». Además, tal y como subraya la sentencia, el hecho de que aceptaran el dinero en primera instancia demuestra que lo que verdaderamente perseguían «era el cese de la actividad del local».
Diario las Provincias
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